Licencia por Razones Particulares sin haberes(Art 52, Ley 5811)
Puede un agente gozar de una nueva licencia por razones particulares (art 52, Ley 5811), una vez agotado el año de licencia y transcurrido un nuevo plazo de 3 meses o más de prestación efectiva de servivios?
Artículo 52 ( ley 5811 ) : "El agente podrá solicitar licencias por razones particulares, sin goce de haberes, y se concederá en forma continua o alternada hasta completar un año, siempre que tenga una antigüedad en la administración pública de por lo menos tres (3) meses. Quedará librada su concesión a las posibilidades del servicio".
Por lo tanto el agente sólo puede gozar de esta licencia hasta un plazo máximo de 1 año, sin que el transcurso de un nuevo plazo de 3 meses genere el derecho a un nuevo pedido de licencia.
La Unidad de Control de Gestión de Salud Laboral Zona Este, cita a losDocente en cambio de función y Celadores (tareas livianas) de su jurisdicción, con el fin de que soliciten turnos para renovar susituación de actual, de lunes a viernes en el horario de 08: 30 hs a 17:30hs, en calle Salta 86 de la cuidad de San Martín.-
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